Pensión de alimentos a favor del conviviente
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¿Qué incluye el servicio conciliatorio?
Este servicio de conciliación está dirigido a mujeres que han mantenido una unión de hecho debidamente registrada en SUNARP y que, tras la disolución de la convivencia, se encuentran en situación de necesidad económica. La Ley N.º 30007 y el Código Civil peruano reconocen que, al igual que en un matrimonio, uno de los convivientes puede solicitar pensión de alimentos si se cumplen ciertos requisitos legales.
Requisitos para acceder a este derecho:







